CTE INFORMA: TRABAJADORES CAS EXIGEN INMEDIATA DEROGATORIA DE ARBITRARIO Y SALVAJE D. LEG. 1057 EJECUTIVO NO DESEA DEROGAR REGIMEN CAS ENTRE TANTO SIGUEN DESPIDOS Ministro de Trabajo no sabe cuando se incrementará RMV sólo dice que será este año CTE Perú suscribe convenio con Universidad César Vallejo MINISTRO DE TRABAJO DISTORSIONA INFORMACIÓN PARA JUSTIFICAR NEGATIVA DEL GOBIERNO DE ELIMINAR EL CAS JUDICIALES LOGRAN ESCALA REMUNERATIVA EN LEY DE PRESUPUESTO MIGUEL ÑIQUE Sec Gral Colegiado CTE - Perú asume Departamento de Derechos Humanos de la CGTP

viernes, 14 de octubre de 2011

VI ANIVERSARIO DE LA CTE–Perú

SEIS AÑOS DE LUCHA PERMANENTE EN DEFENSA DE LOS INTERESES DE LOS SERVIDORES ESTATALES

MIGUEL ÑIQUE MERINO, Sec. Gral. Col. CTE Peru

A propósito del un aniversario mas de nuestra Confederación Estatal, el c. Carlos Jiménez G., también Secretario General Colegiado de nuestra Central ha publicado lo que el denomina “RESEÑA HISTÓRICA DEL NACIMIENTO DE LA CTE-PERÚ” Sin que esto signifique la Biografía o Historia de nuestra Organización Sindical, creo necesario e importante publicarlo en este espacio. La contribución de Carlos, resulta importante y debe motivar a que todos y todas que participaron en el nacimiento de nuestra CTE Perú aporten su parte de la historia, así lograremos recopilar loa diferentes aportes y consolidarlos en lo que será oficialmente nuestra historia. Bueno a continuación corre el material de Carlos y gracias Carlos por tu aportes.

 

RESEÑA HISTORICA DEL NACIMIENTO

DE LA CTE­-PERU

Por: Carlos Jiménez G.

Secretario General Colegiado

CTE-PERU

PARTE I

ANTECEDENTES

Para tratar sobre el nacimiento o la creación de la Confederación Nacional de Trabajadores Estatales del Perú CTE-PERU es importante en principio analizar el periodo, el contexto y la coyuntura en que se encontraban los Trabajadores Estatales y sus Organizaciones, asistíamos a políticas Neoliberales y Fondo monetaristas -FMI- cuyo recetario se centraba en los denominados “Ajustes estructurales” y “Reforma del Estado” que no era mas que despidos masivos, y a periodos gubernamentales que rendían culto al capital y al imperio.

clip_image002La arremetida contra los trabajadores era dura, casi el 65% pasaron a la situación de despedidos o de cese, entre ellos los principales cuadros del movimiento sindical, situación que origino que halla un estancamiento e incluso un desmembramiento y acefalia en las organizaciones sindicales ya que la inestabilidad laboral y el temor al despido se enraízo en los trabajadores.

Pero todo esto no era casual y tenia una base que se había trabajado desde el periodo de Gobierno del F. Belaúnde y es por ello que los trabajadores del Sector Publico avíanos constituido la CITE, como herramienta de lucha, para la defensa y conquista de nuestros derechos. Ya con el Gobierno de A- Fujimori el FMI acelero lo que denomino las Reformas de 1ra- Generación y encontró en este gobernante un aliado que a propia iniciativa “profundizo” dichas medidas, sumado a los despidos masivos efectúo un drástico “recorte” de derechos laborales y “flexibilizo” el empleo publico (inestabilidad laboral, sueldos congelados, modalidades diversas de empleo como Regímenes laborales 728, SNP, SERVIS, desconocimiento de la libertad Sindical, entre otros).

Esta sumatoria de hechos hizo que las bases sindicales activas y los trabajadores injustamente despedidos comenzaran a gestar nuevos gérmenes organizativos, aparecen los comités de trabajadores despedidos y bases activas como de los sectores de Educación, Salud, Municipales Poder Judicial, Penales y otros que demandaban centralizar las luchas ya que la CITE se había convertido en una mega Confederación de trabajadores despedidos de diversos regímenes laborales y que excluía las demandas de los trabajadores activos. Pero además las Centrales Sindicales (algunas de ellas casi desaparecidas) que se encontraban atravesando un proceso de crisis interna producto del nuevo mundo del trabajo, no tenían dentro de sus agendas las demandas de los Trabajadores Estatales, es ahí que la CGTP aborda orgánicamente el tema y asume la tarea de contribuir a la reactivación de la organización de los trabajadores estatales, activos y despedidos, esta tarea fue encargada a los dirigentes y bases que se encontraban activando dentro de la CGTP, esta responsabilidad recae en el dirigente Carlos Jiménez G. (despedido de la base de Energía y Minas). Cabe señalar que en este periodo no estuvo la CITE ya que era conducida por algunos dirigentes que tenían una posición contra la Central Mariateguista, que los llevo incluso a atacar la sede de la CGTP y a sus dirigentes.

Movilización de las Bases de la CONTE, efectuada el 14 de Octubre del 2004

SE CONSTITUYE LA COORDINADORA NACIONAL DE TRABAJADORES ESTATALES – CONTE-

Los Trabajadores Estatales después de un largo proceso de incertidumbre, clip_image004producto de la arremetida neoliberal, acordaron el 23 de Setiembre del 2004 dar nacimiento a un Organismo de Centralización Sindical y de Lucha, que permita salir en defensa de los derechos alcanzados y conquistados por los trabajadores del Sector Publico. Dicha coordinadora estaba integrada por las Federaciones y Sindicatos Nacionales del Sector Publico afiliadas directamente a la CGTP, pero además por las Centrales Sindicales con base estatales CTP-CUT y la Internacional de Servicios Públicos-ISP- y tienen el objetivo de luchar por reivindicaciones mediatas e inmediatas mediante la unidad de acción y bajo el eje de una Plataforma mínima, la misma que mediante la Movilización de bases fue entregada al Congreso y Presidencia de la Republica. Dicha Movilización se desarrollo el Jueves 14 de Octubre y constituye el reinicio de la lucha centralizada de los Trabajadores Estatales.

Bases de la CONTE en las Calles. Paro Nacional Estatal 14 de Julio del 2005

PLAN DE ACCION OCTUBRE-DICIEMBRE 2004

En lo inmediato se acordó:

  1. Interponer acción de inconstitucionalidad contra la Ley 28175 Ley Marco del Empleo Público. Recolección de 5,000 firmas.
  2. Presentar queja ante la OIT por violación del Convenio 151.
  3. Defensa de la Ley 20530.
  4. Por una Ley de Presupuesto de la Republica que contemple los compromisos con los sectores sociales, con el pueblo, los trabajadores y sus organizaciones.
  5. Nombramiento de Contratados. En sus diversas modalidades.
  6. Reposición de despedidos.
  7. Edición de un Vocero de los Trabajadores Estatales “El ESTATAL”.
  8. Promover bajadas a base descentralizadas, a fin de contribuir a fortalecer, organizar concientizar, sensibilizar, a los trabajadores y sus organizaciones.
  9. Movilización Permanente.

La efervescencia de las bases y el decido apoyo de la CGTP conllevo a que la CONTE se constituyera en el referente de lucha de los trabajadores estatales, no hubo espacio donde esta Coordinadora estuviera presente, la propuesta y la protesta fue el eje de su accionar, iniciativas legislativas, quejas, demandas y paralizaciones estuvieron en el orden del día. Este accionar conllevo a que las bases a pesar de partir de la premisa de que los sindicatos son primariamente de hecho, abordaran el tema de representación, conducción y dirección, ya que en concordancia con el marco normativo vigente y del Estado de derecho se requería de Personería Jurídica, esta realidad hizo que algunas bases que no eran de la CGTP y pertenecían a otras Centrales, caso Agricultura, Essalud y la reaparecida CITE, promovieran paralelamente un Comando Nacional de Lucha Estatal (CUT, CTP, CITE) que según sus fomentadores no era un paralelo a la CONTE pero lo real era que querían legitimar una nueva organización con su orientación y estrategias ya que aducían que la CONTE era un apéndice de la CGTP y que lo se que requería era de una organización autónoma. Esta predica calo en algunas bases que recién aparecían, y solo trabajarían para estar en algunos cargos en la nueva Dirección.

La CONTE alerto de los propósitos apresurados de los convocantes e incluso la CGTP propuso un mayor debate de la etapa previa al Congreso pero no tubo eco y decidieron por mayoría efectuar un Congreso Nacional Estatal. La CONTE en aras de la unidad dejo en libertad a sus bases para su participación. Dicho Congreso pretendió ser manipulado y manejado por un grupo de bases que se reclamaban la continuación de la histórica CITE, situación que origino la ruptura del Congreso ya que hubo abandono de importantes bases Estatales. Solo se quedaron 4 bases que hoy constituyen la CITE

NACIMIENTO DE LA CTE-PERU

Las bases que abandonaron el fracasado Congreso Estatal se volvieron a reunir y acordaron volver a la CONTE y reconstituir el CNUL Estatal y efectuar un Congreso de Pre constitución del Movimiento Sindical Estatal. El mismo el que se desarrollo en la ciudad de Lima los días 6, 7, y 8 de Octubre del 2005. El Congreso de fue convocado por el CNUL Estatal y la CONTE- CGTP.

El Congreso tuvo una participación de 19 bases sindicales sectoriales y la presencia de organizaciones territoriales de los diferentes departamentos del País.

El desarrollo de este Congreso contó con la participación de de la OIT, IESI, Poder Legislativo -CIP-, y Especialistas en temas Labores y sindicales, los mismos que expusieron temas concernientes al mundo del trabajo en el Sector Estatal.

Uno de los Acuerdos Fundamentales del Congreso fue dar nacimiento a la CONFEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES ESTATALES DEL PERU- CTE-PERU-, la misma que acordó ser base de la CGTP. Así mismo se le dotó de una Dirección Colegiada, la misma que estaba integrada por los siguientes Dirigentes:

-CARLOS JIMENEZ GARCIA.- CONTE/ CGTP.

-MARIO ARREDONDO SULLI -CONATRA- (Gobiernos Regionales)

-JORGE VILLAGARCIA ANGELES -FENTASE- (Administrativos Educación)

-EDGAR HUCACHI TREJO -FNTPJ- (Poder Judicial)

-CESAR JANTO MEDINA -SUTSA- (Sector Agricultura)

Acordó además en el marco de la Reforma del Estado presentar al Congreso de la República el Proyecto Alternativo de los Trabajadores a la denominada Ley General del Empleo Público -sobre las relaciones Laborales en la Administración Pública-

Así mismo aprobó una Plataforma de Lucha y un Plan de acción la misma que entre otros acordó luchar por una real Reforma de Aparato del Estado y que responda a los intereses del país y de la ciudadanía, por lo que demandó la Participación, el dialogo y la búsqueda de Consensos.

Este magno Evento llevo el nombre del cc.EVER RODRIGUEZ FLORES, en homenaje al dirigente Sindical CGTP fallecido en cumplimiento de sus funciones.

 Inauguración del Congreso Fundacional CTE-Perú. Lima 6 de Octubre 2005

LA LUCHA POR LA UNIDAD SINDICAL ESTATAL

clip_image006El anhelo de la unidad siempre ha estado presente tanto en la bases como en algunos dirigentes, lamentablemente este proceso que a la fecha ha tenido muchos intentos no se han podido cristalizar. Han existido una serie de factores de índole interno y externo han sido el obstáculo para la unidad.

Esos obstáculos están expresado entre otros en el modelo sindical, solo afiliamos a los afines a nuestra concepción y al régimen laboral, lo que hace que un sector de trabajadores se vea excluido. En el accionar sindical, el vanguardismo sale a relucir como si fuera un principio, siempre queremos ser los primeros y todos quieren conducir. Las influencias de las afiliaciones internacionales muchas veces aparecen en el escenario de lucha sindical queriendo desarrollar estrategias que no corresponden a nuestra realidad o se introducen posiciones que se dan en el marco de la división existente en el contexto sindical internacional. No se lucha por un pliego único, se lucha por las peticiones sectoriales. Adolecemos de estrategias y propuestas a corto mediano y largo plazo. El economicismo prima como eje de la actividad sindical. La solidaridad casi ha desaparecido, No se desarrolla una cultura sindical de clase que nos permita tener como principio la unidad de los trabajadores. La falta de recursos ha hecho que no seamos autónomos ni independientes, existen escasas iniciativas para auto sostenernos. Finalmente no estamos dispuestos a deponer algunos métodos de trabajo ni espacios que en lugar de unir nos dividen.

Estas debilidades hacen que no se entienda el proceso de unidad, ante esta realidad la CTE-PERU plantea avanzar en base a estrategias y objetivos, bajo el eje de la unidad de acción, es evidente que no todos estarán ya que aun no se entiende que los intereses de los trabajadores son unos y la de los empleadores otros y que en esta lucha no podemos deponer de nuestros intereses y menos de nuestros derechos. En el Sector tenemos 2 organizaciones de grado superior y que no podemos avanzar en el proceso, debido fundamentalmente a cuestiones de principios y de orientación, que han hecho que las estrategias sean diferenciadas y por ende separadas.

¡Sin Luchas no hay Conquistas!

CJG/ Oct. 2011

martes, 4 de octubre de 2011

CTE PERU ESTABLECE RELACIONES CON ESTATALES DEL BRASIL

MIGUEL ÑIQUE MERINO, Secretario General Colegiado de la CTE Perú, sostuvo importante reunión con João Domingos Gomes dos Santos, Presidente de la Confederación de Servidores Públicos de Brasil

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La Confederación Nacional de Trabajadores Estatales del Perú CTE PERU, representado por su Secretario General Colegiado Miguel Ñique Merino, hizo llegar su saludo a los trabajadores públicos de Brasil.

En la reunión sostenida en la ciudad de Brasilia se intercambiaron experiencias respecto a la conducción del movimiento sindical estatal, donde se puso en manifiesto la urgente necesidad de articular el trabajo de los servidores públicos en América Latina

Por su parte el Presidente de la Confederación de Servidores Públicos del Brasil, manifestó que su organización tiene mas de cincuenta años y en ese tiempo han logrado triunfos importantes y que seria muy importante intercambiar experiencias con el movimiento estatal de Perú. En ese sentido comprometió su presencia en Perú para fortalecer el movimiento sindical público.

viernes, 19 de agosto de 2011

DIRIGENTES SINDICALES PODRAN RECURRIR AL AMPARO POR VIOLACION A LA LIBERTAD SINDICAL

TC RATIFICA QUE TODO ACTO LESIVO NO JUSTIFICADO QUE AFECTE A LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS Y A SUS DIRIGENTES DEBERÁ SER REPARADO MEDIANTE EL AMPARO

Todo acto lesivo, no justificado e irrazonable, que afecte a los trabajadores sindicalizados y a sus dirigentes y que haga impracticable el funcionamiento de un sindicato, deberá ser reparado, reafirmó el Tribunal Constitucional al recordar el fundamento 13º de la sentencia Nº 00206-2005-PA/TC y su carácter vinculante con las pretensiones laborales susceptibles de protección a través del proceso de amparo. Asimismo, indicó que en el fundamento 8º de la citada sentencia, se determinó que es procedente la vía del amparo cuando se despide al trabajador sin imputación de causa.

Así lo señaló al declarar fundado el recurso de agravio constitucional contenido en el Expediente Nº 02654-2011-PA/TC, y en consecuencia revocó las resoluciones judiciales que rechazaron liminarmente la demanda de amparo, interpuesta por Perla Melchor Huayra contra la empresa Topy Top S.A. y ordenó al cuarto Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima que proceda a admitir a trámite la demanda, bajo apercibimiento de generar la responsabilidad por tramitación tardía.

El Tribunal precisa que, considerando que la demandante denunció que habría sido víctima de un despido arbitrario, pues habría laborado inicialmente sin contrato, y que, además, el Ministerio de Trabajo habría constatado que la no renovación de su contrato y la de otros trabajadores sindicalizados se habría debido a su condición de afiliada al sindicato de trabajadores de la empresa demandada, debe estimarse el recurso de agravio constitucional, considerando que el rechazo liminar en las dos instancias precedentes, resultó un error, pues no se habían evaluado correctamente los argumentos y pruebas de la demanda.

La demanda fue rechazada liminarmente tanto en primera como en segunda instancia, bajo el argumento que en el presente caso existe una controversia compleja que debe ser resuelta en un proceso ordinario que cuente con etapa probatoria, y porque, además, no se ha acreditado en la demanda que la terminación del contrato haya tenido como motivo la sindicalización de la demandante.

 

EXP. N.° 02654-2011-PA/TC

LIMA

PERLA ESMERALDA

MELCHOR HUAYRA

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Lima, 5 de agosto de 2011

VISTO

El recurso de agravio constitucional interpuesto por doña Perla Esmeralda Melchor Huayra contra la resolución expedida por la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 120, su fecha 12 de abril de 2011, que declaró improcedente in límine la demanda de autos; y,

ATENDIENDO A

1. Que con fecha 23 de julio de 2010, la recurrente interpone demanda de amparo contra TOPY TOP S.A., solicitando que se deje sin efecto el despido arbitrario de que fue víctima y la inaplicación del artículo 32 del Decreto Ley 22342 y del artículo 80 del Decreto Supremo 003-97-TR y que, consecuentemente, se ordene su reposición en el puesto de costurera con el nivel remunerativo que tenía y con un contrato de trabajo a plazo indeterminado, disponiéndose que la demandada se abstenga de realizar cualquier acto que afecte el ejercicio de su derecho a la libertad sindical. Refiere que laboró desde el 29 de octubre de 2007 hasta el 3 de mayo de 2010, fecha en que habría sido despedida por razones o motivos sindicales, aduciendo el empleador un supuesto vencimiento de contrato.

Asimismo, refiere haber laborado sin contrato y que se mantuvo en esta situación desde la fecha de ingreso hasta el 31 de enero de 2008, ya que suscribió un contrato bajo la modalidad de exportación no tradicional recién el 1 de febrero de 2008, por lo que se había configurado una relación laboral a plazo indeterminado, lo que obligaba al empleador a cesarla solo por una causa justa, lo que no sucedió. Finaliza expresando que los integrantes del sindicato son objeto de despido.

2. Que, mediante escrito de fecha 25 de marzo de 2011, la recurrente ha presentado la Orden de Inspección N.º 9286-2010-MTPE/2/12.3, de fecha 23 de agosto de 2010, en la que en el acápite de Hechos verificados se habría concluido que la no renovación de los contratos se debió a su afiliación sindical.

3. Que la presente demanda ha sido rechazada liminarmente tanto en primera como en segunda instancia, argumentándose que en el presente caso existe una controversia compleja que debe ser resuelta en un proceso ordinario que cuente con etapa probatoria, y porque, además, no se ha acreditado en la demanda que la terminación del contrato haya tenido como motivo la sindicalización de la actora.

4. Que este Colegiado, en la STC 0206-2005-PA/TC, ha precisado con carácter vinculante las pretensiones laborales susceptibles de protección a través del proceso de amparo. Así, en el fundamento 8, se determinó que es procedente la vía del amparo cuando se despide al trabajador sin imputación de causa. Asimismo, en el fundamento 13 de la citada sentencia, se señaló que todo acto lesivo, no justificado e irrazonable, que afecte a los trabajadores sindicalizados y a sus dirigentes, y que haga impracticable el funcionamiento del sindicato, deberá ser reparado.

5. Que, consecuentemente, considerando que la actora ha denunciado que habría sido víctima de un despido arbitrario, pues habría laborado inicialmente sin contrato, y que, además, el Ministerio de Trabajo habría constatado que la no renovación de su contrato y la de otros trabajadores sindicalizados se habría debido a su condición de afiliada al sindicato de trabajadores de la empresa demandada, debe estimarse el recurso de agravio constitucional y revocarse el auto impugnado y, por tanto, ordenar que el Juez de primera instancia proceda a admitir la demanda, toda vez que el rechazo liminar de la demanda, tanto de la apelada como de la recurrida, resulta un error, pues no se han evaluado correctamente los argumentos y pruebas de la demanda, por lo que es necesario tener presentes los argumentos de la empresa demandada para poder concluir si los derechos presuntamente vulnerados se afectaron o no.

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

RESUELVE

Declarar FUNDADO el recurso de agravio constitucional; en consecuencia, REVOCAR las resoluciones de fechas 31 de agosto de 2010 y 12 de abril de 2011; y ORDENAR al Cuarto Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima que proceda a admitir a trámite la demanda y resolverla dentro de los plazos establecidos en el Código Procesal Constitucional, bajo apercibimiento de generar la responsabilidad por tramitación tardía prevista en el artículo 13º del Código mencionado.

Publíquese y notifíquese.

 

SS.

ÁLVAREZ MIRANDA

BEAUMONT CALLIRGOS

CALLE HAYEN


lunes, 23 de mayo de 2011

DISCURSO DEL SECRETARIO GENERAL COLEGIADO DE LA CTE - Perú

DISCURSO PRESENTADO EL 19 DE MAYODEL 2011, POR EL c. DOMINGO CABRERA TORO, SECRETARIO GENERAL COLEGIADO DE LA CTE – Perú, EN EL ENCUENTRO CON EL CANDIDATO PRESIDENCIAL OLLANTA HUMALA, ORGANIZADO POR LA CGTP 

Señor Candidato Presidencial Ollanta Humala, reciba usted el saludo de los trabajadores  afiliados a la Confederación Nacional de Trabajadores Estatales del Perú - CTE PERÚ y del mío propio, en principio, para cumplir las funciones que la constitución Política del Perú le encomienda al Estado, uno de cuyos elementos lo integran según ANDRE HAURIOU, es el Gobierno, además de su población y territorio, se vale de la Administración Pública que es el instrumento de gobierno.

La función del Gobierno se concreta o se instrumentaliza por la Administración Pública, que es definida como la organización social, política y administrativa, generada por voluntad del Estado para actuar a su servicio en el ámbito de la realidad nacional y con sujeción a los OLLANTA_CTE_1intereses que definen el poder político del Estado, que actúa como instrumento a través del cual se ejercen las funciones administrativas de legislar, ejecutar, administrar justicia, y controlar en todo el territorio nacional en función del desarrollo económico y del bienestar social

Para lograr una Administración Pública eficiente y profesional al servicio del Estado y del pueblo peruano; así como un adecuado servicio Público con eficiencia y calidad de la atención se requiere contar:

1.- Con personal adecuadamente remunerado, capacitado, estimulado y en condiciones laborales adecuadas que conlleve a brindar un servicio eficiente y de calidad a los usuarios

2.- Por ello resulta necesario aumentar la presión tributaria a 19% para poder contar con una administración Publica eficiente, con remuneraciones y pensiones dignas. Ello no significa la creación de nuevos impuestos, ni incrementar los vigentes, pues sólo debe establecerse políticas tributarias que conlleven a cumplir con el pago de sus impuestos. Adicionalmente a ello es necesario establecer políticas públicas que enfrenten la corrupción; que demandaría un ahorro anual de aproximadamente mil millones de nuevos soles.

3.- En el Estado se advierte la ausencia de una política de equidad salarial en el sistema remunerativo de los servidores públicos, en razón de ello es necesario implementar un Sistema Único de Remuneraciones, y Pensiones, vía homologación de haberes de manera gradual y progresiva. Esto no significa egreso adicional del tesoro público, por cuanto dichos montos ya son percibidos mediante la forma de incentivos y estímulos por los servidores públicos

4.- Los derechos y beneficios laborales consagrados en el D. L. 276 y su reglamento han sido sistemáticamente vulnerados, por el DS 051-91 y para que se hagan efectivo, los Trabajadores Estatales tienen que recurrir a los órganos jurisdiccionales. A ello debe agregarse que el Tribunal del Servicio Civil ha resuelto por ejemplo el pago por concepto de 25 y 30 años de servicios prestados al Estado, sepelio y luto, en función a la remuneración total permanente. No obstante ello, la Administración persiste en no pagar este beneficio; por lo que solicitamos la derogatoria del DS 051- 91.

Así mismo las Fuerzas Armadas no reconocen la aplicación del DL 276 a los trabajadores que se encuentran bajo este régimen; debiéndose cumplir lo estipulado en la mencionada Ley.

5.- Para mejorar los servicios en la administración Pública, se debe priorizar los sectores cuya función social resulta prioritaria, en este orden de ideas se debe proveer los recursos necesarios en el Presupuesto General de la República, así se dará un adecuado énfasis al Sector Salud, Educación y Sectores Sociales; garantizando la mejora de la infraestructura el equipamiento, mantenimiento y suministros adecuados a los usuarios.

6.- Las propuestas deben concertase a través de la creación e instalación de un Espacio de Diálogo de los Trabajadores de la Administración Pública. Para ello debe instalarse un organismo De carácter permanente, autónomo y resolutivo, que permita tratar las Relaciones Laborales de los Trabajadores del Sector Público, al más alto nivel y que deberá integrarlo de manera prioritaria el presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Economía, los representantes de la Confederación Nacional de Trabajadores Estatales del Perú-CTE-PERU y otros funcionarios de los diferentes Sectores de la Administración Pública.

7.- De conformidad al referéndum realizado en las elecciones generales presidenciales el 70% de ciudadanos votaron por que el Estado devuelva los aportes del FONAVI, debiendo este realizar las devoluciones pertinentes

8.-Reposición de dirigentes y trabajadores despedidos Solicitándole su inmediata atención. Asimismo planteamos la ampliación de la cuarta lista de ceses colectivos plateado por los congresistas de la bancada OLLANTA_CTE_2nacionalista.

9.- La Privatización y Municipalización de la Salud y la Educación no garantiza un estado eficiente y descentralizado; porque es función del estado asumir su rol tuitivo, brindar Salud y Educación de calidad; de conformidad a la Constitución Política del Estado, en razón que el modelo Colombiano y Chileno ha sido un fracaso.

Del mismo modo la privatización de los servicios de limpieza pública generaría la contaminación del medio ambiente y por ende pondría en grave riesgo la salud de la población. Por ello debe considerarse como política de Estado; así mismo se debe respetar y garantizar el régimen laboral de los obreros municipales; y no el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios –RECAS, DL 1057 y reglamento.

10.-Para contar con un estado eficiente transparente Regionalizado y Descentralizado se debe trabajar de manera concertada a través de los Consejos Consultivos Regionales (CCR) y Locales (CCL), para que; el proceso de transferencia y competencias se  desarrolle de manera coordinada, informada, concertada, gradual y progresiva respetando los derechos de los trabajadores y su autonomía administrativa presupuestal y financiera. Por lo que proponemos la derogatoria Decreto Legislativo N° 1026, que establece un Régimen Especial Facultativo para los Gobiernos Regionales y Locales, implementado un proceso de modernización institucional estableciendo reglas para efectivizar las transferencias de los Recursos Humanos, mediante la supresión de plazas, reorganizaciones y desactivación de entidades de la administración Pública; poniendo en grave riesgo la estabilidad laboral y con despidos masivos de contratados.

11.- Con relación a la Reforma y Modernización del Estado el Ejecutivo solicita al Congreso de la República facultades para legislar, entre otros en materia laboral y cumplir con el compromiso para la firma del Tratado de Libre Comercio originando la dación de diferentes normas como son: La Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28175, los Decretos Legislativos 1023, 1024, 1025, 1026, 1057 y sus reglamentos. Solicitando las derogatorias de las mismas ya que vulnera derechos reconocidos por los Organismos Supranacionales y Constitucionales. Proponiendo que estas deben elaborarse sobre la base del DL 276 y su reglamento, así como de los 15 Lineamientos propuestos en los 25 eventos desarrollados en Lima y las Regiones por la CGTP, la Cooperación Italiana, CGIL e IESI.

Por lo antes expuesto. Le hacemos entrega de nuestras demandas de manera detallada para que lo acoja como suyo con el compromiso, que en su Gobierno se concretice; así mismo le solicitamos una reunión de trabajo con su equipo de plan de gobierno para el sector público con la finalidad de poder sustentar y aportar más ampliamente al mismo.

MUCHAS GRACIAS

COMOITE EJECUTIVO NACIONAL

CTE PERU

ENCUENTRO DE LA CTE – Perú con Ollanta Humala

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PROPUESTA DE LA CONFEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES ESTATALES: CTE PERU AL CANDIDATO A PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PERÚ OLLANTA HUMALA TASSO DE LA COALICION POLITICA GANA PERÚ EN LA CIUDAD DE LIMA A LOS 19 DIAS DEL MES DE MAYO DEL 2011

El Secretariado Ejecutivo Nacional de la CTE-PERU le hace entrega al candidato a presidente de la republica del Perú, Ollanta Humala Tasso, de la coalición política Gana Perú, nuestro saludo clasista y combativo; aprovechando para presentarle los puntos prioritarios de nuestro Pliego de Reclamos; actualizado por los acuerdos del I Congreso Macro regional Sur de los Trabajadores del Sector público realizado en la ciudad del Cuzco, en donde detallamos la problemática remunerativa, presupuestal, laboral, social e institucional de los trabajadores del sector Público Nacional y Regional, que a continuación indicamos con la finalidad que lo tome en cuenta y asuma su compromiso con los trabajadores del sector público:

1.- CON RELACIÓN A LA REFORMA DEL ESTADO

Solicitamos la derogatoria de la Ley Marco del Empleo Publico, Ley Nº 28175 y de los Decretos Legislativos 1023, 1024, 1025, 1026, 1057 y sus reglamento. Esta debe elaborarse sobre la base del DL 276 y su reglamento, así como de los 15 Lineamientos propuestos en los 25 eventos desarrollados en Lima y las Regiones por la CGTP, la Cooperación Italiana, CGIL e IESI.

2.- CREACIÓN E INSTALACIÓN DE UN ESPACIO DE DIÁLOGO PARA LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

El XII Congreso Nacional Ordinario de la CGTP, aprobó la creación del Consejo Nacional de los Trabajadores de la Administración Pública como un espacio de diálogo y concertación, con carácter autónomo y resolutivo, que permita tratar las Relaciones Laborales de los Trabajadores del Sector Público, en que la CTE-PERÚ debe ser miembro pleno. Este debe estar en la PCM; así como nuestra participación en las Comisiones y Sub. Comisiones del Foro del Acuerdo de Gobernabilidad, la Mesa de Concertación de la Lucha contra la pobreza y otros espacios de diálogo

3.- RESPETO A LA ESTABILIDAD LABORAL, DERECHOS LABORALES Y FUERO SINDICAL DE LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Se deben respetar de conformidad a la Constitución Política del Perú, DL 276 y su Reglamento; Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relacionado a las Condiciones Laborales, Económicas y Sociales de los Servidores Públicos y Convenios 89 y 98 de respeto al Fuero Sindical y otros Convenios Supranacionales sobre la materia y no en función a los dispositivos legales en aplicación a la Reforma y Modernización del Estado. Estos vienen recortando las Licencias y los Permisos y facilidades, vulnerando el derecho a la Libertad Sindical, despidiendo trabajadores contratados en proceso de nombramiento, incumpliendo Actas de compromisos y Pactos Colectivos.

Así mismo las Fuerzas Armadas no reconocen la aplicación del DL 276 a los trabajadores que se encuentran bajo este régimen; debiéndose cumplir lo estipulado en la mencionada Ley.

4.- AUMENTO DE REMUNERACIONES Y PENSIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

Mediante una justa homologación de haberes a través de un sistema único de remuneraciones y pensiones. A igual función igual remuneración tomando como base la unidad impositiva tributaria (UIT). Que el pago de los beneficios sociales se tome como base de cálculo a una remuneración total permanente; del mismo modo; los incentivos laborales que perciben los trabajadores de la Administración Pública por cualquier concepto pasen a formar parte de las remuneraciones. Derogatoria del DS Nº 051 y Decreto de Urgencia 011-2006, que prohíbe el pase de los incentivos a las remuneraciones; así como planteamos a través de un proceso técnico de clasificación, reclasificación y reordenamiento de cargos, por el desorden administrativo existente en el Sector Público. Respeto a los derechos adquiridos y el respeto pleno a la negociación colectiva.

5.- NOMBRAMIENTO AUTOMÁTICO DE LOS TRABAJORES CONTRATADOS BAJO CUALQUIER MODALIDAD CONTRACTUAL (Consecutivos y/o acumulativos)

Las exigencias de la eliminación del sistema de servicios no personales o tercerizados y que estos pasen a través de un proceso de nombramiento al régimen del DL 276 y su reglamento; sin embargo el Gobierno a promulgado el Decreto Legislativo Nº 1057 (publicado 23.06.08), Decreto que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), y que sustituirá a los otros regímenes; paralizando de ésta manera el proceso de nombramiento ganados por Ley tanto para el Sector Salud y Educación y que fueran suspendidos por Decretos de Urgencia de manera arbitraria. Continuar exigiendo la Derogatoria del DL 1057 y Decretos de urgencia que paralizan los nombramientos; luchar para la inclusión en la Ley de Presupuesto de su nombramiento en su totalidad; y no del 15%. Del mismo modo por el desorden remunerativo existente entre ellos, se plantea la nivelación de las remuneraciones de los trabajadores contratados por el principio de igual función igual remuneración.

6.- Otorgamiento de la continua y de los adeudos de la bonificación especial mediante DU N° 037-94 para los trabajadores de los grupos ocupacionales profesional, técnico y auxiliar activos y cesantes del Sector Salud y Educación (des judicialización).

Se debe restituir este derecho que hemos venido solicitando a través de acciones legales, judiciales y de lucha desde 2002, ello ha originando que el Ejecutivo apruebe en la Ley de Presupuesto del 2007 la conformación de una Comisión Especial encargada de evaluar, cuantificar y proponer recomendaciones sobre los adeudos sociales de los pliegos presupuestales generados por el Decreto de Urgencia.

Comisión que evacuó su informe final y el Proyecto de Ley a la PCM reconociendo la bonificación y que esta debe pagarse a partir del mes de junio del 2007; así como cada unidad ejecutora deberá programar el pago de los adeudos anualmente a solicitud de los trabajadores. Sin embargo en la Ley de Presupuesto del año 2007 no ha sido considerado y encontrándose aprobada por el Congreso y remitida para su promulgación la Ley que restituye el pago; por el contrario el Ejecutivo expide el DU Nº 051 y su Reglamento para el pago de deudas del DU N° 037-94, asignando S/ 100.00 Cien millones de soles a la cuenta para el pago de las deudas por concepto del beneficio establecido; solo a los trabajadores que han ganado el juicio; así mismo observa la Ley y lo devolvió al Congreso.

Se ha presentado el Proyecto de Ley al Congreso para restituir este derecho; así como se paguen los adeudos. Aprobándose el Proyecto de Ley 1464 y 1998, por el que se propone disponer el pago de la bonificación, dispuesto por el Decreto de Urgencia 037-94, de acuerdo a los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional y sin la exigencia de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada; los mismos que fueron aprobados por el pleno del Congreso de la República, este 12 de Mayo. Gracias al esfuerzo de congresistas de la bancada de Gana Perú y el trabajo permanente de los dirigentes de la CTE PERU, FERSALUD y Gremios del Sector Educación. Solicitándole su cumplimiento

7.- Pago de la bonificación por sepelio, luto, 25 y 30 años de servicio en función a la remuneración total permanente de manera automática.

Se debe restituir de manera automática dichos beneficios y no a través del Tribunal del Servicio Civil o por la vía judicial por ser un derecho de los trabajadores y por existir jurisprudencia sobre el caso.

8.- Implementación y aplicación del DU Nº 003-2011

Dispositivo que transparenta el pago de los incentivos y estímulos que se pagan a través del SUBCAFAE y que estos sirvan de base para la aplicación de las escalas remunerativas en la Administración Pública, debiéndose implementar y aplicar estas escalas; pasando los incentivos y estímulos laborales a las remuneraciones

9.- Incremento del Presupuesto General de la República para el Sector Público dándole mayor énfasis al Sector Salud, Educación y Sectores Sociales.

Solicitar el incremento del presupuesto para el Sector Salud del orden del 6% de PBI y el Sector Educación del 7% del PBI; así como de los Sectores: Justicia, Agricultura, Fuerzas Policiales, Personal Administrativo de la Fuerzas Armadas, Bomberos, Municipales, Registros Públicos, Penitenciario, Fiscalía de la Nación, Aduanas, entre otros.

Incremento del presupuesto en inversión pública, para obras de infraestructura de desarrollo social; así como la autonomía para la utilización del canon, en beneficio del servidor público.

10.- Privatización y Municipalización de la Salud y la Educación.

Rechazar la Privatización y Municipalización de la Educación y la Salud, proponemos al Gobierno que no debe desligarse de su rol tuitivo de brindar Salud y Educación de calidad; de conformidad a la Constitución y el proceso de de transferencias a las Municipalidades como una primera etapa de un plan piloto a los Centros y Puestos de salud, como la educación inicial, primaria y secundaria se paralice; en razón que el modelo Colombiano y Chileno ha sido un fracaso.

Por lo que le solicitamos la Promulgación de la Ley de Educación Superior. El respeto a la Ley del Profesorado donde participen los representantes de dicho sector, Licencia Sindical a sus dirigentes, estabilidad laboral que hoy pretenden vía evaluaciones despedirlos.

Del mismo modo la privatización de los servicios de limpieza pública generaría la contaminación del medio ambiente y por ende pondría en grave riesgo la salud de la población. Por ello debe considerarse como política de Estado; así mismo se debe respetar y garantizar el régimen laboral de los obreros municipales; y no el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios –RECAS, DL 1057 y reglamento.

11.-Con relación a la Descentralización y Regionalización.

Proponemos continuar trabajando a través de los Consejos Consultivos Regionales (CCR) y Locales (CCL); como en todos los espacios de diálogo, para que; el proceso de transferencia y competencias se desarrolle de manera concertada, gradual y progresiva respetando los derechos de los trabajadores y su autonomía administrativa y financiera.

Sin embargo el Gobierno a promulgado el Decreto Legislativo N° 1026, que establece un Régimen Especial Facultativo para los Gobiernos locales, que faculta a las Regiones y Gobiernos Locales transferencias del personal, supresión de plazas, reorganizaciones y desactivación de entidades de la administración Pública; poniendo en grave riesgo la estabilidad laboral y con despidos masivos de contratados. Solicitándole su derogatoria.

12.- Con relación a la Corrupción y el Nepotismo.

Solicitar que el Gobierno debe profundizar en el tema de la moralización, lucha contra la corrupción y el nepotismo en la Administración Pública, como Política de Estado; para que los Organismos de Control y Supervisión asuman sus funciones y responsabilidades a cabalidad y se sancione a los corruptos; del mismo modo debe contemplarse la participación de las Organizaciones Gremiales afiliadas a la CTE- Perú en la fiscalización y vigilancia ciudadana.

Solicitamos la reactivación del Consejo Nacional Anticorrupción con participación de un representante de la CTE-PERU. Continuar denunciando y solicitando el cambio de los funcionarios corruptos en base a las pruebas de irregularidades documentadas presentadas por los Gremios Sindicales afiliados a la CTE-PERU.

13.-Reposición de dirigentes y trabajadores despedidos:

Denunciar la actitud antisindical, de abuso de autoridad, corrupción y de persecución en contra de los dirigentes y trabajadores del Sindicato de Trabajadores del Hospital Nacional Hipólito Unánue y Centros Periféricos; al sancionarlos con destitución mediante procesos administrativos disciplinarios no transparentes como son: En calidad de Secretaria General, Sra. Lidia Girón Mejía, Secretaria de Economía Srta. Maritza Ataucusi y los Trabajadores afiliados Sra. Gaby Hinostroza y Sr. Genaro Ramírez; existen evidencias de vicios dentro del proceso; del mismo modo del dirigente sindical, compañero Domingo Cabrera Toro. Solicitándole su reposición inmediata. Asimismo planteamos la ampliación de la cuarta lista de ceses colectivos plateado por los congresistas de de la bancada nacionalista.

14.- Cumplimiento del pago de FONAVI

De conformidad al referéndum realizado en las elecciones generales presidenciales el 70% de ciudadanos votaron por que el Estado devuelva los aportes descontados a los trabajadores por este concepto; debiendo este realizar las devoluciones en beneficio de los mismos.

15.- Planteamos la convocatoria de una Asamblea Constituyente, para refundar el país y proponer que tipo de Estado que queremos, solidario y democrático.

Lima, 19 de Mayo del 2011

jueves, 3 de marzo de 2011

JUDICIALES EXIGEN CUMPLIMIENTO DE PAGO DE BONO DE PRODUCTIVIDAD

JUDICIALES EXIGEN AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS SEEMMITA DECRETO SUPREMO QUE VIABILICE EL PAGO DEL B ONO DE PRODUCTIVIDAD

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viernes, 18 de febrero de 2011

SINDICATO DE DIRESA CALLAO EXIGE SE RESPETEN ACUERDOS

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CTE PERU EXIGE TRANSPARENCIA EN APLICACION DE D.U. 003-2011

TRABAJADORES DEL SECTOR SALUD Y EDUCACION HACEN LLAMADO A SUS AGREMIADOS A ESTAR ALERTAS EN DEFENSA DE SUS DERECHOS LABORALES

Los trabajadores del Sector Salud de los establecimientos del MINSA, de Lima y Callao expresan su preocupación ante las diferentes maniobras de las autoridades del MINSA - MEF y de las ejecutoras de los establecimientos y redes de Lima; que vienen trabajando los cuadros del DU. 003-2011, SOLO CON LA INFORMACIÓN HISTÓRICA , perdiendo la oportunidad de aprobar nuevas escalas con incremento, que permitan mejorar los ingresos de todos los trabajadores sin distinción.

Vemos como otros sectores y gobiernos regionales habiéndose publicado el Decreto de Urgencia, constituyeron comisiones y consultas legales, hasta viajaron a Lima para consultar al MEF. En busca de la mejora para los alicaídos ingresos de nuestros compañeros de las regiones.

Es cierto, la norma es controversial, salva a las ejecutoras que en el periodo de este gobierno sean disparado, o sea salva a los funcionarios que pese a la prohibiciones de las leyes de presupuesto, hicieron pago extraordinarios a sus allegados, pero también salva a los funcionarios que conjuntamente con sus gremios consiguieron en forma corporativa incrementos a favor de los trabajadores por nuevos conceptos como: Contingencias, campañas por influenzas, alertas verdes, apoyo nutricional, salud y seguridad en el trabajo y otros.

El problema es que la norma señala, que regulariza a lo percibido hasta Diciembre del 2009 y de acuerdo a LA PEA del 2010, dejando afuera a las bases que consiguieron algo más el año pasado; por lo que esto nos dejaría perdiendo la oportunidad de incrementar y solo se premiaría a los vivos y al resto que los mate un rayo y a esperar otros 06 años que salga otra norma.

No olvidar que la CTE Y FERSALUD, lucharon el 2010, hasta el final de la aprobación presupuestal un incremento integral de Remuneraciones, habiendo llegado la propuesta del incremento del básico a 100 soles pensionable a aprobarse en la comisión de presupuesto del Congreso, siendo este articulo vetado, así como el pago de la continua del DU. 037-94 por el Ministro Benavides de Economía por falta de financiamiento y ahora este Ministro devuelve un punto del IGV . Más de tres mil millones que hubiera servido para el inicio del proceso de homologación de haberes que es nuestra petición central. El gobierno se burla de nosotros los estatales nuevamente.

Aquí; FERSALUD y la CTE PERÚ. Han emitido su directiva a las bases bien claras:

  • Lograr en esta coyuntura INCREMENTO DE LOS ESTÍMULOS, mediante el análisis de la realidad de cada base: el que tiene documentos que puedan demostrar haber recibido de las diferentes formas algún incremento, que sirva de sustento, las bases que no tienen, PROPONER UNA NUEVA ESCALA DE ESTÍMULOS EN CADA EJECUTORA, APROBARLA Y ENVIARLA AL TITULAR DEL PLIEGO.
  • Exigir que cada titular de pliego asuma estos incrementos que cada ejecutora plantea de acuerdo a su disponibilidad presupuestal.
  • Ø Establecer un plan de acción que respalde estas reclamaciones.
  • Ø Establecer un plan de lucha integral y unificado todos los gremios, todas las

¡NO A LA MARGINACIÓN ! ¡AUMENTO PARA TODOS!

jueves, 17 de febrero de 2011

CGTP CONVOCA A JORNADA NACIONAL DE LUCHA PARA EL 23 DE MARZO

CGTP CONVOCA A JORNADA NACIONAL DE LUCHA PARA EL 23 DE MARZO PARA DEMANDAR LA DEROGATORIA DE LOS DECRETOS DE URGENCIA, LA AMPLIACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL PARA AZUCARERA Y CONTRA LA PRIVATIZACIÓN DE EMPRESAS ESTRATÉGICAS

SE ACORDÓ EN ASAMBLEA DE DELEGADOS CONSULTAR A LAS BASES LA CONVOCATORIA A UN PARO NACIONAL

Con la participación de más de 200 delegados provenientes de las diversas partes del país, se desarrolló la XI Asamblea Nacional de Delegados de la CGTP, donde se acordó la realización de una Jornada de Lucha el miércoles 23 de marzo con la finalidad declip_image002 demandar la derogatoria de los decretos de urgencia 001 y 002 que subastan al país y que han recibido el rechazo de la Defensoría del Pueblo, de diversos obispos de la Iglesia Católica y de los gobiernos regionales.

Asimismo, la CGTP exigirá la ampliación de la Ley de Protección Patrimonial para las azucareras demandada por los miles de trabajadores, quienes se encuentran en lucha desde hace más de un mes en la capital. También se protestará para lograr la derogatoria del Decreto Legislativo 1031, que privatiza las empresas públicas como SEDAPAL, ENAPU, ELECTRICAS, etc..

Los asambleístas también respaldaron las postulaciones al Congreso de la República por la Alianza Electoral Gana Perú por Lima de Carmela Sifuentes (10), (….)

Otro de los acuerdos fue consultar a bases el desarrollo de un Paro Nacional y respaldar las acciones de lucha de los diversos gremios como los mineros, trabajadores universitarios, CGTP-Islay, entre otros.

DEPARTAMENTO DE PRENSA Y COMUNICACIONES DE LA CGTP

Fuente pagina de la CGTP

martes, 1 de febrero de 2011

EVENTO SOBRE REFORMA DEL ESTADO ESTE 3 Y 4 DE FEBRERO DEL 2011

 

EL 3 Y 4 DE FEBRERO DEL 2011 SE REALIZARA EL EVENTO ESTATAL EN EL AUDITORIO DEL COLEGIO EMBLEMÁTICO ALFONSO UGARTE A LOS ASISTENTES SE LES OTORGARÁ UN CERTIFICADO DE ASISTENCIA. ESTE EVENTO SERA INAUGURADO POR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DELA REPUBLICA Dr. CESAR ZUMAETA, CANDIDATOS PRESIDENCIALES, CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA, ALCANDES MUNICIPALES Y LA SOCIEDAD CIVIL.

CERTIFICADO

martes, 18 de enero de 2011

XI ASAMBLEAS NACIONAL DE DELEGADOS DE LA CGTP

 

CTE – Perú confirma participación en la XI Asamblea Nacional de Delegados

 

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viernes, 7 de enero de 2011

MINSA INICIARÁ PROCESO DE TRANSFERENCIA DE FUNCIONES EN SALUD A LA MUNICIPALIDAD DE LIMA

El ministro de Salud, Óscar Ugarte Ubilluz, y la alcaldesa de Lima, Susana Villarán, anunciaron que conformarán una comisión mixta para iniciar el proceso de transferencia de las funciones en Salud a la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como la inclusión de los Hospitales de la Solidaridad al Aseguramiento Universal en Salud (AUS).ugarte_villaran
En reunión desarrollada esta tarde en el Palacio Municipal, Ugarte Ubilluz explicó a la máxima autoridad edil que en el marco del proceso de descentralización, la Municipalidad de Lima, que tiene las funciones de gobierno regional en la provincia de Lima, asumirá un proceso de transferencia no sólo de recursos financieros, sino además de hospitales, centros de salud, de recursos humanos y presupuesto que suma en total mil 300 millones del Ministerio de Salud (Minsa).
Estimó que dicho proceso gradual y consensuado podría terminar en dos años y medio, para lo cual ambas autoridades acordaron conformar una comisión mixta entre el Minsa y la Municipalidad de Lima, con la finalidad de establecer un plan concertado que en 45 días establecerá qué funciones serán traspasadas en primer lugar y con qué gradualidad.
“Será un proceso gradual y consensuado, esta comisión definirá qué se debe transferir en primer orden. Dicho proceso no afectará la atención de la población” dijo el titular de Salud.
Asimismo, indicó que se conformará otro grupo de trabajo que verá los mecanismos para que los Hospitales de la Solidaridad ingresen al Aseguramiento Universal en Salud (AUS), de manera que la población pueda acceder de los beneficios de esta reforma sanitaria. Aclaró que dichos nosocomios mantendrán su condición.
De otro lado, también se concertó un trabajo conjunto para fortalecer las acciones contra la tuberculosis, debido a que Lima presenta una gran cantidad de estos casos; en ese sentido, Ugarte Ubilluz expresó su mayor disposición para unir esfuerzos y mejorar la atención y prevención de esta enfermedad.
Igualmente anunciaron que la próxima semana realizarán coordinadamente acciones para la prevención del dengue en el distrito de Comas, debido a que las altas temperaturas favorecen la reproducción del zancudo que puede afectar la salud de los limeños.

PAUTAS GENERALES PARA EL NOMBRAMIENTO SEGUN D.S. 111-2010-PCM

21.12.2010

El Decreto Supremo 111-2010-PCM aprobó los lineamientos para efectuar el nombramiento autorizado en la 52ª Disposición Final de la Ley 29465 (Ley Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2010) y modificado por el Decreto de Urgencia 113-2009.

Descargue aquí el Decreto Supremo que contiene los lineamientos para llevar a cabo este procedimiento.

A continuación algunas pautas generales a tomar en cuenta:


LINEAMIENTOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE PERSONAL CONTRATADO POR SERVICIOS PERSONALES

Mediante la 52ª Disposición Final de la Ley 29465, Ley de Presupuesto del 2010, se autorizó el nombramiento del personal contratado en entidades del sector público que contaran con más de tres (3) años de servicios consecutivos en calidad de contratados por servicios personales, y que ocuparan plaza presupuestada vacante.

Esta disposición fue modificada por el artículo 1º del Decreto de Urgencia 113-2009, que dejó establecido que el proceso de nombramiento no demandaría recursos adicionales al Tesoro Público y se efectuaría previo concurso público de méritos, organizado por SERVIR.

Mediante Decreto Supremo 111-2010-PCM se han aprobado los Lineamientos propuestos por SERVIR para el nombramiento del personal contratado por servicios personales en el Sector Público estableciéndose dos tipos de procedimientos:

· Concurso de méritos: en los casos en los que el personal contratado no haya pasado por concurso público para su contratación inicial; y,

· Mediante proceso abreviado: donde no se requiere un segundo concurso público de méritos.

De esta manera, se han establecido las pautas técnicas para el adecuado desenvolvimiento de los nombramientos en los tres niveles de gobierno (Nacional, Regional y Local). Es decir, cada entidad pública deberá llevar a cabo los procesos de acuerdo a los lineamientos establecidos en el DS 111-2010-PCM.

Debe precisarse que estos procesos de nombramiento alcanzan a los servidores contratados bajo regímenes de carrera que, al 01 de enero de 2010, contaran con más de 3 años ocupando plaza presupuestada vacante.

Queda fuera del alcance de dicha regulación el personal sujeto al régimen de la actividad privada (D. Leg. 728) y al de Contratación Administrativa de Servicios - CAS (D. Leg. 1057). Tampoco es aplicable para cargos directivos o de confianza, personal contratado en programas o proyectos especiales, por la naturaleza temporal de los mismos, y personal que realiza funciones de carácter temporal o accidental.

Finalmente, debe señalarse que los Lineamientos elaborados promueven el respeto de los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben guiar el servicio civil, para cuyo efecto contienen reglas orientadas a cautelar que quienes sean nombrados reúnan los requisitos necesarios para tal efecto, transitando por un concurso.

miércoles, 5 de enero de 2011

NUEVO GERENTE GENERAL EN EL PODER JUDICIAL

Delegan facultad a Presidente del Poder Judicial, doctor César San Martín Castro, para designar y/o dar por concluida designación de gerentes de línea y subgerentes.

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), máximo órgano de gobierno de nuestra institución, en su primera sesión correspondiente al Año Judicial 2011, realizada hoy bajo la Presidencia del doctor César San Martín Castro, resolvió dar por concluida la designación en el cargo de confianza de Gerente General del Poder Judicial, al ingeniero Hugo Roberto Suero Ludeña.

A través de la Resolución Administrativa N° 001 – 2011 – CE – PJ, expedida esta mañana, se le da las gracias por los servicios prestados a este Poder del Estado, y se encarga la Gerencia General al abogado Jaime Gómez Valverde, actual Gerente de Personal y Escalafón Judicial, en tanto se designe al titular.

Además del doctor César San Martín Castro, firman dicha resolución los integrantes del CEPJ doctores Robinson Gonzáles Campos, Jorge Alfredo Solís Espinoza, Flaminio Vigo Saldaña y Darío Palacios Dextre.

Asimismo, mediante la Resolución Administrativa N° 002 – 2011 – CE – PJ, se encargó al Presidente del Poder Judicial, doctor César San Martín Castro, presentar una propuesta para designar en dicho cargo al nuevo Gerente General del Poder Judicial.

Además, el órgano de gobierno, delegó al doctor César San Martín, la facultad de designar y/o dar por concluida la designación de gerentes de línea y subgerentes de la Gerencia General de este Poder del Estado.      

Lima, 4 de enero de 2010
FUENTE: DIRECCIÓN DE IMAGEN Y PRENSA DEL PODER JUDICIAL

CTE–Perú_ 20 y 21 de enero del 2011 Congreso Macro Regional del Sur de Trabajadores del Sector Público

 

CONGRESO MACROREGIONAL